Carga de la prueba

Carga de la Prueba
En el derecho procesal civil peruano, un término muy utilizado es “carga de la prueba”. Comúnmente, se entiende que este término alude a cuál de las partes dentro de un proceso tiene que probar algo. Sin embargo, es una noción compleja en tanto se configura de dos aspectos: primeramente, es una regla de juicio para el juzgador al momento de emitir sentencia; y en segundo lugar, está referida a la actividad procesal de las partes, determinando a cuál de ellas les interesa la prueba de los hechos en el proceso.
Es necesario referir a que carga de la prueba no resulta una obligación en tanto que está basada en la autonomía de las partes.  La realización de los mismos depende de la decisión personal; queda dentro del dominio de cada uno. Depende de los intereses de cada sujeto en el proceso.

(*) Fuente de la imagen: roleplayjuridico.com
HURTADO REYER, Martín
2014                             “Estudios de Derecho Procesal Civil”. Segunda Edición. Lima: IDEMSA.