La famosa serie de Matt Groening ha parodiado tantas obras, personalidades y hechos de la cultura popular que para disfrutar al máximo de sus capítulos hace falta ser un cinéfilo o estar acompañado de un historiador. Desde escenas de películas como E.T. El Extraterrestre (episodio Bart’s Dog gets an F), Karate Kid (Dead Putting Society) y Los Diez Mandamientos (Homer vs. Lisa and the 8th Commandment), hasta fotografías de momentos históricos como el saludo del expresidente de los Estados Unidos, Richard Nixon, con la estrella de rock Elvis Presley en la Casa Blanca (Burns Verkaufen der Kraftwerk); el levantamiento de la bandera estadounidense en Iwo Jima (New Kids on the Blecch) o el desastre del famoso dirigible de pasajeros Hindenburg (Lisa the Beauty Queen).
Sin embargo, Los Simpson no solo parodia obras audiovisuales o hechos históricos, sino también marcas de las más grandes compañías del mundo que para coincidencia del origen de la serie, en su mayoría son procedentes de los Estados Unidos. A continuación, presentaremos algunos ejemplos en los que la serie ha ridiculizado en alguno de sus 500 capítulos marcas famosas en orden de valoración económica según el último reporte de la consultora internacional Interbrand.
- Apple: parodia en el episodio 7 de la temporada 20( Mypods and Boomsticks); Lisa llama la atención de su familia para ingresar a una tienda llamada «Mapple» donde encuentran los clásicos productos Apple, tambien parodiados como «MyPos» o «MyCube», todos con el logo de la manzana mordida por ambos lados.
- Google: el motor de búsqueda más famoso del mundo fue parodiado en diversos capítulos de la serie como “Oogle” en Mypods and Boomsticks, el mismo capítulo en el que aparece Steve “Mobs” usando un buscador; en el episodio Them Robots en la que el Sr. Burns tiene una aplicación en su “MyPad” llamada “Google Naps”; o en Specs and the City en el que Homero usa las “Oogle Goggles” una parodia de las Google Glass.
- Coca-Cola: a pesar de ubicarse como la tercera marca más valiosa del mundo, la familia amarilla nunca parodió este producto. Solo se hizo una publicidad durante el intermedio del espectáculo “Super Bowl” del 2010 llamado “Hard Times”; sin embargo, se mostró la marca tal cual es en la realidad y con un mensaje netamente publicitario.
- Microsoft: la marca de software y hardware también fue parodiada en el episodio In the Name of the Grandfather en el que aparece como una de las compañías irlandesas llamada “Mick-rosoft” producto del boom tecnológico que sucedió en aquel país junto a otras como “Cisc O’systems” y “Hewlett Fitzpackard”, parodia a su vez de las gigantes tecnológicas Cisco Systems y Hewlett-Packard.
- Toyota: la principal marca de la compañía automotriz japonesa fue parodiada en el episodio We’re on the Road to D’ohwhere donde, si bien la marca no aparece caricaturizada o ridiculizada, se muestra en una situación jocosa en la que la secretaria del director Skinner le enseña a Bart como el director estrena su nuevo auto.
La parodia es entendida como una figura propia de las artes y la literatura que ha sido estudiada en derecho debido a que, por su naturaleza de crítica humorística de trabajos artísticos, situaciones o personajes, se ha considerado una forma de crítica social, literaria o artística relevante y, por ello, una manifestación de la libertad de expresión.[1]
En la doctrina jurídica, se define a la parodia de la siguiente manera:
[…] toda reelaboración de una obra seria –narrativa, poética o de teatro-, la cual, conservando manifiestamente la configuración externa, de argumento y desarrollo, de la obra original, invierte las situaciones y los efectos, de modo que se provoque la risa en lugar de llanto, y aprovecha a tal fin no tanto una propia vis cómica autónoma como la continua correspondencia risible de los singulares personajes y momentos joviales de esa parodia comparados con los recíprocos y contrarios de la obra original.[2]
Vemos entonces que la parodia se trata de una obra, si bien derivada de otra originaria, que no pierde su originalidad propia para ser considerada una obra merecedora de protección por el Derecho de Autor. Precisamente, el mérito para considerar a una serie como Los Simpson como una obra totalmente autónoma está en que su creación no solo se limita a imitar la obra originaria alterando ciertas características de la misma, sino que implica el trabajo del creador de identificar los elementos de la obra parodiada cuya modificación, exageración o ridiculización puestas en un contexto específico generen humor en su público objetivo.
Ahora bien, la parodia, como bien lo mencionaban Betzabé Marciani y Raúl Solórzano, no solo es una obra derivada, sino también constituye una crítica social importante, pues al parodiar otra obra se está diciendo algo, casi siempre de naturaleza negativa o sensible, de aquella obra empleando el humor como medio para manifestarlo. Así, yo puedo escribir un artículo o una columna en algún periódico señalando las razones por las que no estoy de acuerdo con los precios altos de los productos de Apple o puedo hacer un episodio de Los Simpson en el que Lisa intente comprar un “MyPhone”, pero al darse cuenta que no tiene suficiente dinero pregunta a la vendedora si puede comprar unos “MyFakes” (audífonos falsos del iPod) para aparentar que tiene uno verdadero aunque tampoco pueda adquirir uno de estos porque siguen siendo caros para su presupuesto. En ambos casos se realiza una crítica a los precios elevados de los productos de Apple en los cuales se puede incluir la mención o utilización de marcas y derechos de autor.
Es evidente que la imitación burlesca no es nada agradable para nadie si se trata de que parodien nuestras obras o incluso a uno mismo; sin embargo, el solo disgusto no es suficiente para impedir que la parodia se realice, pues, como lo mencionamos líneas arriba, esta obra derivada implica el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión, por lo que se debe alegar razones también de la misma índole para fundamentar el impedimento.
En este sentido, en el derecho estadounidense, el fair use es una figura empleada para evaluar si el empleo de derechos de autor se encuentra permitido por ser su uso justificado. Para esto, el fair use implica la aplicación de un test a fin de determinar lo siguiente: (i) el propósito del uso en particular considerándose si el mismo es de naturaleza comercial o tiene, por el contrario, propósitos no lucrativos, (ii) la naturaleza de la obra protegida, (iii) la cantidad de sustancialidad de la parte empleada (parodiada) con relación al todo de la obra protegida; y, (iv) el efecto del uso realizado en el potencial mercado del trabajo parodiado o el potencial efecto que ese uso podría tener en el valor de la obra protegida.[3]
Otra figura empleada para evaluar si resulta injusta la parodia de una marca[4] es la existencia de confusión o dilución de la marca. Para esto se debe analizar si la marca producto de la parodia, por ejemplo “Mapple” o “Mick-rosoft”, puede causar confusión en los consumidores en virtud de su semejanza gráfica, fonética o evocativa. Asimismo, se debe analizar si se puede causar algún riesgo de dilución en tanto se trata de marcas notoriamente conocidas (como cinco mencionadas arriba) y cuyas parodias podrían disminuir la fuerza distintiva o su valor comercial.
Finalmente, y muy pertinente en este caso, debemos mencionar la figura de la denigración marcaria como un acto de competencia desleal. Para esto se debe demostrar que existe una finalidad comercial, y no meramente de crítica o satirización en el hecho de parodiar una marca, en tanto su ridiculización sin estos elementos podría constituir un acto de denigración que disminuiría su reputación, valor comercial o unicidad de la marca al asociarlo eventualmente con otros productos o servicios.
Con sus 600 capítulos, la serie “Los Simpson” ha demostrado ser una de las mejores parodias jamás creadas en caricaturas y su intención de crítica social y política ha sido absolutamente patente, por lo que consideramos que en principio, sus diferentes episodios, no constituirían infracciones al derecho marcario de las compañías mencionadas. Es cuestión de equilibrar en todos los casos la libertad de expresión, el ejercicio de los derechos de autor y la explotación de los derechos de marca considerando la relevancia e impacto que podrían causarse entre estos derechos.
[1] MARCIANI, Betzabé y SOLÓRZANO, Raúl: La libertad de expresión y la parodia en el derecho de la propiedad intelectual.
[2] Díaz Alabar quien recoge la definición de Musati, en Díaz Alabart, Silvia. Comentarios al artículo 39 LPI”. En Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano (coord.). Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual. Madrid: Tecnos, 1997, p. 663-664.
[3] RODRÍGUEZ, Gustavo. Lo que la Barbie no supo: reflexiones sobre las parodias de marcas. Anuario Andino de Derechos Intelectuales. p. 313
[4] Una marca no necesariamente implica la existencia de un derecho de autor, pues en las llamadas marcas denominativas, una palabra o una frase puede constituir un derecho marcario si ostenta distintividad, pero no un derecho de autor si carece de originalidad.