Bienes indivisos

 

En el Código Civil peruano se ubican dos clases de copropiedad: sin indivisión forzosa y con indivisión forzosa. La indivisión del bien se presenta cuando la propiedad de un bien le pertenece a más de una persona y así nos hallamos ante la presencia de las partes alícuotas.
Por tanto, los bienes indivisos son aquellos bienes de los cuales su titularidad es compartida en partes alícuotas por dos o más personas. Es decir, todos los propietarios tienen una participación respecto del todo del bien en porcentajes iguales, es así que no es posible la individualización para cada uno de los condóminos; dado ello por la imposición de la ley, acuerdo de las partes o acto de última voluntad.

Fuentes:
Diccionario jurídico del Poder Judicial del Perú
https://historico.pj.gob.pe/servicios/diccionario/diccionario_detalle.asp?codigo=254
VARSI, Enrique “Las características del derecho de propiedad” (2019)
http://repositorio.ulima.edu.pe/bitstream/handle/ulima/7987/Varsi_derecho_propiedad.pdf?sequ
ence=1&isAllowed=y
AVENDAÑO, Jorge & Franciso “Derechos reales”. Fondo Editorial PUCP, Lima. Pp. 95 (2017)

Consejo Editorial
Directora: Caroline Tolentino. Consejo Editorial: Katherine Flores, Indira Salcedo, Isavo Vargas, María Ramos, Juana Nuñez, Ximena Torres , Carolina Díaz, Alexandra Urbano, Danitza Castillo.