Exoneración (Derecho Tributario): Es un beneficio tributario mediante el cual aquellos hechos que en principio están gravados son liberados del pago por disposición del legislador. Es decir, en principio, hechos que sí están gravados no están obligados al pago del tributo (a diferencia del beneficio tributario conocido como inafectación). En este sentido, al ser un beneficio tributario está sujeto a reglas de temporalidad, además que ser ejerce la labor de fiscalización sobre estos hechos porque en principio son hechos gravados.