Feminicidio

FEMINICIDIO

El artículo 108 b del Código Penal peruano, sanciona los actos que ponen en riesgo la vida de una mujer por su condición de tal, en contextos como la violencia familiar; la coacción, hostigamiento o acoso sexual; el abuso de poder, confianza o autoridad sobre la víctima; o, en general, cualquier contexto de discriminación contra la mujer.

Constituye una modalidad de violencia basada en género, motivo por el cual su interpretación no puede soslayar este enfoque, que este delito radica en la sanción de la muerte de mujeres en situaciones de quebrantamiento o imposición de un estereotipo de género.

Consejo Editorial
Directora: Caroline Tolentino. Consejo Editorial: Katherine Flores, Indira Salcedo, Isavo Vargas, María Ramos, Juana Nuñez, Ximena Torres , Carolina Díaz, Alexandra Urbano, Danitza Castillo.