Opinio juris sive necessitatis

Opinio juris sive necessitatis

fuentes-del-derecho-internacional-publico

En el ámbito del derecho internacional público es el elemento subjetivo de la costumbre y su formación como fuente de derecho referido a las creencias, se concibe como la «obligación de cumplir un deber jurídico» o simplemente opinio juris o deber jurídico. La opinio iuris es la convicción de que una acción determinada se realizó porque era una obligación jurídica. El otro elemento con el cual se complementa es la práctica del Estado, que es el factor objetivo, ya que es fácil de identificar. Para que una práctica del Estado sea calificada como tal, los actos realizados por este deben ser coherentes y de carácter internacional. Los estados deben actuar entonces no por conveniencia de la obligatoriedad de la norma, hábito o coincidencia sino también por el sentido de obligación jurídica respecto a ella, es decir el sentir que se está obligado a ello. Sin embargo, se considera a este como un elemento difícil de comprobar.

Fuente:
http://derecho.isipedia.com/tercero/derecho-internacional-publico/parte-1-a-sociedad-internacional-y-su-ordenamiento-juridico-concepto-y-fuentes-del-derecho-internacional-publico/03-las-fuentes-del-derecho-internacional-publico-ii
Consejo Editorial
Directora: Caroline Tolentino. Consejo Editorial: Katherine Flores, Indira Salcedo, Isavo Vargas, María Ramos, Juana Nuñez, Ximena Torres , Carolina Díaz, Alexandra Urbano, Danitza Castillo.