Principio de Ne Bis In Ídem: El principio de Ne Bis In Ídem garantiza el derecho de las personas a no ser investigadas o castigadas más de una vez por los mismos hechos y fundamentos. Así pues, para su aplicación debe cumplirse con la triple identidad de elementos, es decir, la coincidencia en el sujeto, los hechos y fundamento.
Dicho principio puede analizarse desde dos vertientes: a) Ne Bis In Ídem procesal, el cual señala que el mismo sujeto no puede ser investigado por los mismos hechos en más de un proceso o procedimiento, es decir, un mismo hecho no puede ser objeto de dos procesos distintos a pesar de que pueda darse en distintas sedes (por ejemplo, en sede judicial y administrativa) y b) Ne Bis In Ídem material, el cual señala que el mismo sujeto no puede ser sancionado o castigado por los mismos hechos y fundamentos que motiven la sentencia o resolución sancionadora.
En materia penal, dicho principio está recogido en el Artículo III del Título Preliminar del Código Procesal Penal, señalando la interdicción de la persecución penal múltiple. Dicha aplicación del principio Ne bis in ídem recoge tanto su vertiente procesal como la sustantiva.