Principio solven et repete

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Principio Solven et Repete: también conocido como “Pague primero, reclame después”. Consiste en que el contribuyente, para ejercer su derecho a la defensa y poder oponerse en el proceso administrativo ante la SUNAT, y hasta ante el Poder Judicial, debe desembolsar una deuda tributaria frente a un valor reclamable que conste en una Resolución.
Es un privilegio del fisco (o administración), cuya finalidad es proteger las finanzas públicas. Asì, se configura como una valla contra los contribuyentes de mala fe que, en el medio de una controversia, obstaculicen la recaudación tributaria.
En nuestro ordenamiento, el principio solven et repete es reconocido en el artículo 136 del Código Tributario, el cual establece que para interponer reclamación contra la Resolución de Orden de Pago es requisito acreditar el pago previo de la totalidad de la deuda tributaria actualizada.

Fuentes:
TRUJILLO MEZA, Julio César. La administración tributaria y el principio del “solve et repete”. Revista de la Facultad de Ciencias. Vol. 22 N° 41 (2014) Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
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