Rebeldía

Condición procesal que pueden asumir las partes, en atención a su incomparecencia al proceso o a situaciones que configuren un “abandono” de éste. Mientras que la rebeldía por incomparecencia sólo pueden recaer en el demandado, la rebeldía por “abandono” del proceso puede recaer en cualquiera de las dos partes.

Consejo Editorial
Directora: Caroline Tolentino. Consejo Editorial: Katherine Flores, Indira Salcedo, Isavo Vargas, María Ramos, Juana Nuñez, Ximena Torres , Carolina Díaz, Alexandra Urbano, Danitza Castillo.