Societas delinquere non potest
El principio de societas delinquere non potest postula que las penas se aplican solamente a personas naturales o físicas, pero nunca a jurídicas. Dicha principio se sostiene en lo siguiente:
a) Centrada en la causalidad: un comportamiento humano que pone en marcha un curso causal que produce la lesión del bien jurídico.
b) Centrada en la finalidad: donde cobra protagonismo la intención del autor, el dolo, dirigida a la lesión del bien jurídico.
Como se puede observar, la persona jurídica ni tiene acción en el sentido del concepto de acción, ni tiene voluntad.
Referencias
Ignacio Berdugo Gómez de la Torre y otros. «Curso de Derecho Penal, parte general». Ediciones Experiencia. Barcelona. 2010. p. 546- 547.