Un día como hoy, en el año 2001, se registró la caída de las Torres Gemelas de Nueva York que paralizó no sólo a Estados Unidos sino al mundo entero. Sin embargo, luego de quince años, aún quedan muchas preguntas sin responder: ¿Cuál fue el real móvil para destruir las torres gemelas? ¿Dónde se escondía Osama Bin Laden, el supuesto autor del ataque terrorista? ¿Por qué tardó tanto en ubicarlo el espionaje estadounidense? Hay diversas versiones sobre la autoría de este suceso histórico: ¿terroristas o el mismo Estados Unidos como pretexto para ingresar a dominar tierras orientales?
Respetamos la postura de cada quien, pero lo cierto es que el atentado suicida que se ejecutó mediante el secuestro de aviones comerciales, causó 3000 personas muertas aproximadamente y la Comunidad Internacional no pudo ser ajena a ello. En la presente editorial, se analizará la actuación de las Naciones Unidas y de Estados Unidos a la luz del Derecho Internacional y desde una visión histórica respecto a los cambios políticos-económicos que se desataron a raíz del suceso.
¿ACTUACIÓN ESTADOUNIDENSE POR LEGÍTIMA DEFENSA O REPRESALIA CON SABOR A VENGANZA?
Luego de los hechos suscitados, Estados Unidos obtuvo el respaldo mayoritario de la Comunidad Internacional e inició el siete de octubre el ataque militar contra Afganistán ante la reiterada negativa de este país de entregar a las autoridades norteamericanas al líder terrorista y presunto responsable de los hechos del 11 de setiembre. En esta operación, no hubo participación de la Organización de las Naciones Unidas, la cual solo se limitó a dictar la resolución 1373[1] impulsada por el Consejo de Seguridad, dicha resolución creó, por primera vez, un Comité contra el Terrorismo (CCT).
El principal argumento de Estados Unidos para perpetrar sus operaciones militares en Afganistán fue la legítima defensa, cuya referencia se encuentra en el artículo 51 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas. Desde ya, sostenemos que este argumento se desbarata por no respetar los requisitos para configurarse una verdadera legítima defensa, más bien, se inclina por calificarse como un represalia.
Así, en opinión del Dr. Fabián Novak Talavera, “la legítima defensa es el derecho que tiene todo Estado de hacer uso de la fuerza con el propósito de rechazar o repeler un ataque armado previo. […] La legítima defensa es una situación de excepción que solo puede ser válidamente ejercida cuando el Estado agredido cumple con ciertos requisitos previos, establecidos por el Derecho Internacional”[2]. Dichos elementos, analizados a partir de caso, serían:
- Necesidad: el Estado víctima de un ataque armado utiliza la fuerza por ser el único medio a su alcance para repeler la agresión. En verdad, ¿no había otros medios a los que recurrir para detener los ataques?
- Inmediatez: Así debe ser la respuesta del Estado agredido, o de lo contrario, se considerará como acto de venganza. Sin embargo, la agresión se produjo un 11 de septiembre y casi un mes después se desarrolla la reacción.
- Proporcionalidad: La agresión no debe ser mayor ni menor al ataque sufrido.
- Provisional: Hacer uso de la fuerza para repeler el ataque de manera provisional.
- Subsidiario: Ante la ausencia de otras medidas decretadas por el Consejo de Seguridad para repelar la agresión.
De esta forma, creemos que es imposible concluir que las operaciones militares norteamericanas en Afganistán constituyen un supuesto de legítima defensa. Por otro lado, es lamentable el silencio de la Organización de las Naciones Unidas ante estas acciones ilegítimas. Recién luego de cinco años, los Estados Miembros de la Asamblea General alcanzaron un acuerdo sobre el establecimiento de un marco estratégico común “La Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo”, cuyo fin es intensificar la lucha contra el terrorismo de la comunidad internacional en base a cuatro pilares[3]:
- Hacer frente a las condiciones que propician la propagación del terrorismo;
- Prevenir y combatir el terrorismo;
- Desarrollar la capacidad de los Estados Miembros para prevenir y combatir el terrorismo y fortalecer el papel del sistema de las Naciones Unidas al respecto;
- Garantizar el respeto universal de los derechos humanos y del estado de derecho como pilar fundamental de la lucha contra el terrorismo.
No podemos ser ajenos a la realidad, si bien estos acuerdos y resoluciones son un paso importante entre las acciones de la Comunidad Internacional, lo cierto es que el atentado del 11 de septiembre desencadenó una serie de consecuencias que golpean el mundo entero hasta hoy.
CONSECUENCIAS QUE SIGUEN GOLPEANDO
Los historiadores Juan Francisco Fuentes y Emilio La Parra López afirman que el que se domine como la Primera Guerra del siglo XXI al atentado de las Torres Gemelas responde a la conmoción del suceso en su momento, y gran parte de ello se le atribuye a los medios de comunicación: “la inmediatez y la espectacularidad de la información emitida por las televisiones, que ofrecía que el hecho que el ataque tuviera lugar en el corazón del mundo occidental (8:48 hora de Nueva York)”[4]. Independientemente de la denominación, es un hecho que el suceso sigue trayendo consecuencias aún luego de quince años. El suceso del 11 de septiembre sólo fue el inicio de muchos otros tantos ataques. Ahora bien, las consecuencias no sólo son de orden político, sino también económico y un profundo golpe social que, injustamente, recae en quienes tienen menos hambre de ambición.
Para empezar, la seguridad en los aeropuertos se intensificó, lo cual puede considerarse, hasta cierto aspecto positivo, pues el control tanto de pasajeros y equipajes genera sensación de protección entre los pasajeros. El lado negativo que desencadenó uno tras otro evento tiene su origen en octubre del 2001 en que EE.UU. y Reino Unido bombardearon las zonas de Afganistán; evidentemente, Al Qaeda no se iba a quedar de brazos cruzados y cometió los atentados de Madrid (2004) y Londres (2005). En el 2011, Osama Bin Laden, líder de Al Qaeda es asesinado en Pakistán. A raíz de la invasión en Irak, nace el Estado Islámico, y ya todos sabemos cómo es que actúa este grupo de ideología fundamentalista atacando a países de occidente como Bélgica y Francia.
La doctrina denomina las consecuencias que mencionamos como “El Síndrome de Pearl Harbor”, es decir, “el miedo de la sociedad norteamericana a un ataque sorpresa de un enemigo no declarado, a lo imprevisible”[5] . Al parecer, este Síndrome está y seguirá prolongándose a través del tiempo, no sólo en Estados Unidos sino alrededor del mundo, y no es para menos sentir este horror al vacío e impotencia de seguir esperando que la Organización Internacional actúe efectivamente.
Independientemente de quién sea el autor del ataque, lo cierto es que el terrorismo no se ha detenido, la fecha del 11 de septiembre de cada año es el momento para recordar la fragilidad de las ciudades. Y Nueva York, que nunca dejó de estar entre las ciudades más importantes del país y del mundo, se recupera lentamente sin olvidar sus tragedias.
(*) Artículo redactado por María Elsa Yaipén.
[1] Resolución del 28 de septiembre del 2001. <http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=S/RES/1373(2001)> Día de consulta: 10 de septiembre del 2016.
[2] NOVAK, Fabián. “La intervención de los Estados Unidos de América en Afganistán ¿hecho ilícito internacional?” Agenda Internacional. Año VII, N°16, 2002, PP. 23.
[3] Para mayor información, visitar: http://www.un.org/es/counterterrorism/. Día de consulta: 11 de septiembre del 2016.
[4] FUENTES, Juan Francisco y LA PARRA LÓPEZ, Emilio. “Historia Universal del Siglo XX. De la Primera Guerra Mundial al ataque a las Torres Gemelas” Editorial Sintesis. 2008. Pp. 382.
[5] FUENTES, Juan Francisco y LA PARRA LÓPEZ, Emilio. “Historia Universal del Siglo XX. De la Primera Guerra Mundial al ataque a las Torres Gemelas” Editorial Sintesis. 2008. Pp. 381