La semana pasada, mediante un reportaje en el programa dominical “Punto Final”, se expuso el caso en el que Silvana Castagnola, analista de la empresa Telefónica del Perú (en adelante TdP), señalaba que le obligaban a borrar y alterar información requerida por distintos fiscales, para que de esta manera se de respuesta a los requerimientos aduciendo no tener la información solicitada, amparándose en el artículo 16 de la Ley Nª 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, que según ellos, sólo les exigía conservar información por 3 años.
En ese sentido, es importante recordar que los fiscales, en aras de realizar la investigación correspondiente a un caso, pueden solicitar información a distintas entidades y empresas, siempre y cuando estén debidamente motivadas. Por ejemplo, en la denuncia realizada por la señora Castagnola, se menciona que los Fiscales Renzo Huamán y José Domingo Pérez requirieron información sobre el flujo de llamadas, IMEI, entre otros datos, a TdP, sin embargo, pese a tener tal información, le ordenaron a la señora en cuestión borrar tales datos y responder que tal información, por ser tan antigua (más de 3 años), ya había sido eliminada.
Dicho esto, el artículo 16 de la Ley Nª 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, menciona lo siguiente
“Artículo 16.- Obligaciones de las entidades supervisadas
(…)
e) Conservar por un período de al menos 3 (tres) años después de originada la información realizada con la tasación, los registros fuentes del detalle de las llamadas y facturación de los servicios que explota y con el cumplimiento de normas técnicas declaradas de observancia obligatoria en el país por una autoridad competente, o de obligaciones contractuales o legales aplicables a dichos servicios.”
Tal como podemos ver, el artículo citado no indica que las operadoras “sólo” deben reservar información por 3 años, sino que ellas deben conservarlas por mínimo 3 años, así como también no se indica en dicho artículo que la información obtenida deba ser eliminada. El mismo OSIPTEL, mediante un comunicado publicado el 21 de enero del presente año, declara que en ninguna disposición normativa autoriza la eliminación de la información.
Por su parte, TdP también publicó un comunicado, por el cual señala que ellos han respondido idóneamente las distintas solicitudes de información que les han hecho llegar, además de mencionar que, a partir del presente año, están utilizando un nuevo sistema, el cual sería más eficiente al hallar información antigua.
Lo preocupante es que la señora Castagnola encontró la información requerida por ambos fiscales usando el anterior sistema, pero sus jefes le indicaron responda de manera negativa a las solicitudes de información referentes a un caso de corrupción de funcionarios en un juicio por tenencia y el caso, muy conocido y resonante, “Cocteles” que incluyen a la lideresa del Partido Político Fuerza Popular y ahora presa, Keiko Fujimori.
Actualmente, los jefes involucrados en ordenar a Silvana Castagnola a alterar o negar información requerida, son investigados por los presuntos delitos contra la libertad personal, coacción y coacción laboral en agravio de Castagnola, y también por los delitos contra a la administración pública, encubrimiento real y delito de atentado a la integridad de datos informáticos en agravio del Estado.
Tal como podemos ver, este reportaje hace notar una situación muy grave, ya que evidenciaría que la empresa operadora más grande de telecomunicaciones en nuestro país, influye de una manera determinante en casos tan mediáticos e importantes para nuestro país, con respecto a la lucha contra la corrupción, como también en casos no tan conocidos, pero que también se ven manchados con los frutos de la corrupción.
El papel de las empresas, cual sea su rubro, debe ser acorde con los intereses de nuestro país, comprometiéndose desde el ejercicio de su razón social, con la lucha contra la corrupción. La Administración Pública puede tener cambios e implantar medidas necesarias y favorables para luchar de una manera más eficiente la corrupción tan intrincada en nuestra sociedad, pero el resultado de la erradicación de este mal, debe contar con el apoyo del sector privado y en sí, de todos los ciudadanos peruanos, ya que la corrupción no afecta solamente al Estado, sino que merma los distintos derechos de los peruanos en distinta escala.
Esperemos que Telefónica del Perú, tome responsabilidad de las acciones y participe de una manera transparente, con la resolución de este caso, y muchos otros que lamentablemente, pueden existir.
Fuente de la imagen (*): http://www.perusmart.com/osiptel-celulares-robados-imei-reportado/
Bibliografía
- https://elcomercio.pe/politica/trabajadora-telefonica-declarara-fiscal-jose-domingo-perez-noticia-601292
- https://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/caso-telefonica-analista-ratifico-denuncia-y-espera-aportar-investigaciones-n356592
- https://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/telefonica-nunca-eliminamos-informacion-comprimidos-discos-n355962
- “Las movidas de Telefónica”- Reportaje del noticiero dominical “Punto Final” https://www.youtube.com/watch?v=DAy7J82FS7s
- Ley Nª 27336 https://www.osiptel.gob.pe/repositorioaps/data/1/1/1/par/ley27336-desarrollo-funciones-y-facultades-osiptel/Ley-27336-Ley-de-Desarrollo-de-Funciones-y-Facultades-del-OSIPTEL.PDF
- Comunicado de Telefónica del Perú https://es.scribd.com/document/397912382/Comunicado-Telefonica-Colabora-Siempre-Con-La-Justicia-FINAL#fullscreen&from_embed
- Comunicado del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL https://www.osiptel.gob.pe/noticia/comunicado-opinion-publica-tdp