Una Navidad con todas las de la ley

“Honraré la Navidad en mi corazón y procuraré conservarla durante todo el año” (Charles Dickens)

Las fiestas navideñas son tiempos de compartir, dar y recibir amor, y sobre todo pasar un tiempo en compañía de la familia. En Perú, la celebración inicia desde el 24 de diciembre en la noche. Esta, en muchos casos, está acompañada de una cena navideña a base de pavo o cerdo, paneton, regalos, así como otras tradiciones que acompañan a cada hogar.

Sin embargo, a propósito de la frase de Charles Dickens citada al inicio, debemos recordar que, así como la Navidad debe conservarse durante todo el año, el cumplimiento de las leyes también; por ello en este artículo mencionaremos algunos los aspectos legales que no debemos olvidar si deseas celebrar una navidad “con todas las de la ley”.

Uso responsable de pirotecnia

Desde hace muchos años, existe la tradición de explotar fuegos artificiales minutos antes de la medianoche, en el cielo se puede apreciar una explosión de colores que encienden el ambiente navideño. Sin embargo, la manipulación irresponsable de estos pirotécnicos (muchas veces por niños) entre otros factores, dio surgimiento a la Ley Nº 27718, que regula la fabricación, importación, depósito, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos.

En el artículo 4 de dicha ley, se invoca a las municipalidades, bajo responsabilidad solidaria y mediante ordenanza, dictar las medidas de su competencia, para determinar los lugares públicos en los que se puedan usar artículos pirotécnicos deflagrantes (fuegos artificiales)[1]. Como consecuencia de ello, muchas municipalidades como la de Comas, Surco o Magdalena del Mar realizaron prohibiciones del uso de pirotécnicos durante las fiestas Navidad y Año Nuevo, en algunos casos la multa para aquellos que infrinjan la disposición ascendería al monto de S/.  3,950 soles.[2]

Por otro lado, el articulo 6 de la misma ley menciona que serán reprimidos con pena privativa de la libertad, no menor de cuatro ni mayor de ocho años y trescientos sesenta y cinco días multa, toda persona (jurídica o natural) que venda productos pirotécnicos a menores de edad. Ello es coherente ya que los pirotécnicos sin el manejo adecuado resultan sumamente peligrosos; asimismo, si a causa de que en el proceso de adquisición de alguno de los productos pirotécnicos se produjesen lesiones graves o muerte de personas la pena no será menor de cinco años.

Además de ello, no podemos olvidar a nuestras mascotas. Es importante recalcar que el uso de pirotécnicos genera explosiones con un elevado ruido y los más afectados por este son los animales. En ese sentido, el Informe técnico veterinario sobre los efectos de los pirotécnicos en los animales realizado por Avatma menciona:

 “Las reacciones de fobia a los ruidos fuertes, tales como los fuegos artificiales, son muy comunes en los perros y también constituyen un problema en muchos otros animales, como gatos, caballos, animales de granja o especies silvestres. Algunas de las consecuencias de la respuesta a las explosiones pirotécnicas pueden resultar graves. El pánico que estos artefactos produce en los animales provoca peligrosas huidas y accidentes que, en ocasiones, tienen un desenlace fatal”[3]

Por ello, existen diversas campañas que promueven la eliminación de los pirotécnicos en las fiestas navideñas, dado que, como menciona la Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 15 de octubre de 1987, en el artículo 2 inciso A y C, todo animal tiene derecho a ser respetado, atendido y protegido por el hombre.[4]. Igualmente, en Perú desde el 2016 está aprobada la Ley Nº 30407, ley que vela por la protección y el bienestar animal, donde encontramos que el deber de la persona es evitar causar daño, lesión o muerte de los animales.[5]

Por último, respecto al uso de pirotécnicos en menores de edad, si ves a un niño manipulándolos informa a SUCAMEC, Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, que es el ente encargado de la supervisión del uso de explosivos.

Celebraciones en armonía con el derecho a la paz y tranquilidad

Luego de pasada la medianoche, muchas familias acostumbran seguir con la celebración, en medio de risas, cantos o juegos. Pese a ello, debemos recordar el denominado Principio del Buen Vecino, que es una doctrina presentada por Franklin D. Roosevelt que consiste en respetarse a sí mismo y, al hacerlo, a los derechos de los otro, en otras palabras un Good Neighbor es “el vecino que respeta sus obligaciones y respeta la santidad de sus acuerdos en y con un mundo de vecinos”[6] porque todos tenemos derecho a la tranquilidad, paz y a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, como menciona el articulo 2 inciso 22 de nuestra Constitución. Es decir, si vamos a festejar, respetemos la tranquilidad de los vecinos que nos rodean, no excediéndonos en ruidos molestos hasta altas horas de la noche.

Para finalizar, si queremos llevarnos un bonito recuerdo de esta Navidad, en caso de salir a festejar fuera de nuestros hogares, recordemos asegurar los mismos para evitar los robos. Por otro lado, en caso consuman bebidas alcohólicas es preferible no manejar y buscar opciones como taxis seguros, que no pongan en riesgo el bienestar de nuestros seres queridos.


(*) Artículo redactado por Alexandra Fuster.

Referencias

[1] Ley N°27718, Ley que regula la fabricación, importación, deposito, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos. Diario Oficial “El Peruano”. Publicada el 11 de mayo del 2002.

[2]  Información extraída de: https://elcomercio.pe/wuf/noticias/distritos-advierten-multas-pirotecnia-400419

[3] Información extraída de: https://avatma.org/2017/03/06/informe-tecnico-veterinario-sobre-los-efectos-de-la-pirotecnia-en-animales/

[4] Información extraída de: https://www.fundacion-affinity.org

[5] Ley Nº 30407, Ley de protección y bienestar. Diario Oficial “El Peruano”. Publicada el 8 de enero del 2016.

[6] Información extraída de: https://www.ecured.cu/Pol%C3%ADtica_del_Buen_Vecino

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