Es tiempo de mejorar procesos: VUCE

  1. INTRODUCIÓN

Todos aspiramos a la eliminación progresiva del papel en los trámites y gestiones públicas para poder simplificar los diferentes servicios públicos y dotar de mayor competitividad a los distintos operadores del comercio exterior. Somos enemigos de la tramitología que, algunas veces, gobierna a las entidades gubernamentales conduciéndolas hacia el camino del atraso económico.

Así tenemos que revisando el Portal Institucional de la VUCE, encontramos como lineamientos generales:

  1. La automatización e incorporación a la VUCE de los procesos optimizados y estandarizados de las entidades competentes.
  2. La integración de los procesos intrainstitucionales e interinstitucionales a efectos de lograr la interoperabilidad de la VUCE.
  3. La gestión compartida y distribuida de los servicios y medios electrónicos que conforman la VUCE, por parte de los integrantes de la misma.
  4. La coordinación e integración entre las entidades del Estado y el sector privado.
  5. La mejora continua del servicio prestado.
  6. El aprovechamiento de soluciones y de la infraestructura desarrollada e implementada que pueda ser compartida.

Asimismo, precisa que los beneficios previstos para el Estado son los siguientes:

  • Mayor efectividad y eficiencia en la utilización de recursos.
  • Mejor gestión de riesgo aduanero.
  • Incremento en la satisfacción de los usuarios de comercio exterior.
  • Mayor integridad y transparencia.
  • Incremento en la seguridad.

2. Aspectos Normativos

La Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) surge con el Reglamento de la Ley de Facilitación del Comercio Exterior, Ley N° 28977, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 165-2006-EF. Cabe precisar que, posteriormente, el Decreto Legislativo N° 1036 otorgó rango de ley a la norma de creación de la VUCE.

Mediante Decreto Supremo N° 009-2008-MINCETUR se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1036 que establece los alcances de la Ventanilla Única de Comercio Exterior; sin perder de vista el objetivo de convertirse en un mecanismo de facilitación que permita a los operadores de comercio exterior integrar información estandarizada en un solo punto de entrada, para cumplir con todos los trámites de importación, exportación y tránsito.

Es oportuno precisar que esta herramienta informática busca simplificar los trámites de importación de mercancías restringidas y resolver los siguientes problemas:

  1. Existencia de un número no definido de mercancías sujetas a control por parte del Estado (sanidad, seguridad, patrimonio, drogas, etc.).
  2. Numerosos funcionarios o autoridades intervinientes en el control de las mercancías.
  3. Procesos deficientes, engorrosos y desintegrados; muchos de ellos demasiado burocráticos.
  4. Duplicidad en los requerimientos exigidos por las instituciones gubernamentales con el uso excesivo de papeles y formularios.
  5. Exigencia de presentación de documentos emitidos por el mismo Estado.
  6. Organismos cuya función es supervisar o verificar las mercancías no coordinaban entre sí el momento de inspección.
  7. Ausencia total de un sistema de predictibilidad en los trámites.

En consecuencia, la misión que tiene la VUCE es identificar los procesos, trámites, licencias, permisos y certificaciones que son exigidas al exportador o importador por las diferentes entidades del Estado, con el firme propósito de obtener la integración total con los procedimientos aduaneros.

Para tal efecto, las entidades estatales involucradas en la emisión de documentos autorizantes para el despacho aduanero de mercancías restringidas deben continuar con:

  • La racionalización de procesos.
  • El uso intensivo de tecnología de información.
  • Los recursos humanos capacitados para prestar servicios eficientes; y
  • La integración de los servicios proporcionados por el sector público a la cadena logística de comercio internacional.

3. Buscando mejorar procesos

Desde el año 2008 hasta la actualidad se han venido integrando progresivamente a la VUCE diversos procedimientos a cargo de las entidades públicas facultadas por ley para la emisión de documentos autorizantes necesarios al momento de solicitarse la importación y/o exportación de mercancías restringidas. Sin embargo, se sigue generando la impresión de que, durante este periodo, ha sido difícil desterrar el fantasma del papel y la visita de los administrados a las oficinas de la Administración, como lo advierten los usuarios del comercio exterior.

Basta con mencionar al Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR, que precisaba que la solicitud electrónica del comercio exterior (SUCE) debería presentarse a través de los medios electrónicos que ofrece la VUCE, cumpliendo con los requisitos solicitados en cada procedimiento y adjuntando, cuando corresponda, en archivos digitales o digitalizados los documentos exigidos por la entidad competente de acuerdo a su TUPA.

Pero, aún queda latente la necesidad que exista un plazo perentorio estándar para la emisión de dicho documento autorizante por parte de los sectores o entidades competentes; de esa forma se podría aplicar válidamente las normas del silencio administrativo positivo regulado por la Ley Nº 29060.

Mantener pendiente por definir estos plazos de atención que debieran ser uniformes, sólo contribuye a restarles competitividad a los exportadores e importadores y también a nuestro país que requiere de mayores herramientas que simplifiquen y agilicen los trámites aduaneros en un entorno globalizado y cada vez más competitivo.

Otro aspecto que debe reforzarse es la integración total de las respuestas que brinda la VUCE con los sistemas informáticos aduaneros (SIGAD), de modo que la respuesta a la SUCE presentada por el importador se refleje en tiempo real en las declaraciones aduaneras que motivan su presentación. A lo mejor, siendo optimistas por naturaleza, viene ocurriendo de manera aislada en algunos casos, pero debiera masificarse su uso para de esa manera agilizar los despachos aduaneros.

Si queremos recuperar el rumbo perdido, debemos partir por recordar que la VUCE ha sido concebida como una herramienta que permite gestionar procedimientos administrativos vía internet, para obtener autorizaciones sectoriales necesarias con la finalidad de importar o exportar mercancías; siendo, por lo tanto, un instrumento electrónico que debe eliminar el uso del papel.

Hasta julio del año 2014, según datos oficiales, se había conseguido la incorporación en el Componente de Mercancías Restringidas de la VUCE de 250 procedimientos administrativos del MTC, DIGESA, DIGEMID y SENASA, entre otros, lo cual permitió registrar un poco más de 26 mil empresas atendidas, teniendo como principal fortaleza el haber logrado ahorros de hasta sesenta y cinco millones de soles a los usuarios de este sistema y una reducción del tiempo de resolución de expedientes en 15%.

Sin embargo, los resultados obtenidos hasta el año pasado no son suficientes, por lo que es necesario continuar realizando mejoras que eviten la demora en la atención de la SUCE y, sobre todo, no dejar de atender ninguna consulta electrónica por parte de los sectores competentes del Gobierno Central, para orientar a los importadores o exportadores respecto a temas tan elementales, como por ejemplo, responder la interrogante respecto a si una determinada mercancía requiere o no de algún documento autorizante para su importación o exportación.

Un comentario aparte es el caso del Componente Origen de la VUCE, donde sabemos que se han registrado más de 30 mil atenciones y la emisión de doce mil certificados de origen, siendo un buen indicador respecto a la calidad del servicio que vienen ofreciendo a los operadores de comercio exterior.

Respecto al Componente Portuario que continúa en proceso de implementación, tenemos la firme esperanza que se logre poner al servicio del transporte marítimo internacional, simplificando de manera efectiva la tramitología que afecta negativamente la competitividad logística de nuestros puertos.

4. A manera de conclusión.

El Decreto Legislativo N° 1036 y el Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR constituyen el principal soporte legal de la Ventanilla Única del Comercio Exterior; herramienta informática que tiene como objetivo simplificar y agilizar los trámites que deben realizar los importadores y exportadores para solicitar la emisión de documentos autorizantes que permitan desaduanar las mercancías restringidas.

En los últimos cinco años, se ha logrado identificar algunas trabas o cuellos de botella que afectan la eficiencia en el servicio que brinda este sistema de acreditación electrónica, por lo que es el momento oportuno para generar nuevas iniciativas o mejoras en la VUCE. Con la dinámica de que se desenvuelven los negocios internacionales, resulta imposible mantener el mismo servicio a lo largo del tiempo y, para tal efecto, sugerimos empezar por aplicar la técnica de mejora de procesos de Edwards Deming (Do, Check, Act, Plan).

Finalmente, no perdamos de vista que esta herramienta informática aporta directamente a la facilitación del comercio exterior peruano, de allí la importancia que debemos darle a la VUCE si queremos continuar mejorando la competitividad logística de nuestros puertos y aeropuertos en la coyuntura económica actual.

Javier Oyarse Cruz
Abogado, Máster en Derecho, especialista en Aduanas, Conciliador Extrajudicial y Doctor en Educación. Con amplia experiencia laboral en la Administración Aduanera (SUNAT) donde fue Ejecutor Coactivo y Jefe de Recaudación. Docente en Post-Grado de la Universidad de ESAN, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), Universidad de San Martín de Porres, Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Universidad del Pacífico, entre otras. Autor de diversos artículos e investigaciones publicadas en revistas especializadas. Administrador del blog académico: http://magoyarse.blogspot.com/ Conferencista nacional e internacional en los temas de Comercio Exterior; Negocios Internacionales y Gestión Aduanera. Colaborador de las Revista Logista.