En el contexto de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las medidas de aislamiento obligatorio están afectando el monto a pagar en los recibos de luz.
¿Qué hacer?
A continuación dejamos seis (06) puntos a considerar para abordar este tema.
En primer lugar, reconocer que la situación es extraordinaria y, de cierto modo, ineludible. No es que en casa necesariamente se esté presentando un consumo irracional de luz, sino que, simplemente, estamos más tiempo en casa. Han cambiado, a la fuerza, nuestros hábitos, y eso tiene un impacto, un reacomodo de los gastos. Tres (03) situaciones implican el incremento del uso de este servicio público: i) mayor permanencia en el hogar; ii) el uso de artefactos de cómputo para llevar a cabo el teletrabajo y las clases virtuales; y, iii) necesidades de ocio que consumen luz: televisión, películas y videojuegos. Así como ahorramos en transporte para trabajar, gastamos más en luz para el mismo objetivo. En ese sentido, querer que nos cobren lo mismo no tiene lógica (ahora, tampoco debe haber cobros indebidos, pero dejemos eso para más adelante).
En segundo lugar, emplear presupuesto. El presupuesto es un instrumento que nos permite organizar nuestras finanzas y establecer metas de ahorro. Si no tenemos claro el manejo de nuestros egresos, pues no tendremos un punto de referencia para disminuirlos.
En tercer lugar, debemos seguir los consejos de ahorro de energía. “Luz que apagas, no pagas”, es la máxima de mi generación que siempre debemos tener presente. Aprovechar la luz natural, desenchufar los equipos electrónicos cuando no se usan, etc. Enel tiene una información muy útil que adjuntamos al final del presente artículo y que nos puede conducir a administrar mejor nuestro consumo de electricidad.
En cuarto lugar, es preciso mayor transparencia en relación al cobro del servicio eléctrico durante esta crisis sanitaria. Recordemos que en virtud del literal c y e del artículo 11° del Decreto de Urgencia n° 035-2020 (03.04.2020), durante el Estado de Emergencia Nacional se autorizó a las empresas prestadoras de servicios de distribución de energía eléctrica (Enel y Luz del Sur) a: i) suspender la lectura de los consumos de electricidad de los usuarios finales; y, ii) emitir recibos o facturas de consumo al usuario final de electricidad, utilizando métodos de cálculo que se ajusten al perfil de consumo de los ciudadanos de los últimos 6 meses previos al mes a facturar. Amparados en dicha base legal, tanto Enel como Luz del Sur han calculado el costo de la energía consumida sin que exista de por medio un control efectivo, situación que recién se viene regularizando en junio con resultados dudosos para muchos usuarios. Creemos en este aspecto existe asimetría de la información y hace falta una mayor transparencia en relación a cómo se ha calculado el consumo de electricidad en el marco de esta crisis sanitaria. Al respecto, no basta mostrar el procedimiento de cálculo en el recibo sino buscar que la ciudadanía entienda cómo es que se produce el cobro.
En quinto lugar, vinculado al punto anterior, de ser el caso reclama. En la coyuntura existen casos reportados en los que se abren las dudas respecto a la legalidad del cobro: no es gratuito que durante la cuarentena se hayan presentado más de 40 mil reclamos a Osinergmin, solo en Lima (RPP Noticias, 2020). Si desconfías de las razones del incremento de la luz, escribe a fonocliente@enel.com y consigna por ese medio los siguientes datos: nombres y apellidos, DNI, dirección, número de cliente, motivo del reclamo, lugar, fecha y tu firma. También puedes incluir cualquier documento que justifique tu reclamo.
Finalmente, estate atento al denominado “Bono Electricidad” y sus alcances. Al respecto, mediante Decreto de Urgencia n° 74-2020 (27.06.2020) se dispuso la creación de un mecanismo de subsidio “Bono Electricidad” cuyo objeto es otorgar un bono de electricidad a favor de usuarios residenciales focalizados que permita cubrir los montos de sus correspondientes recibidos por el servicio público de electricidad que comprendan los consumos pendientes de pago que se registren en el período de marzo de 2020 a diciembre de 2020, siempre y cuando no estén en proceso de reclamo. El bono a recibir asciende a un monto total de S/ 160.00 (CIENTO SESENTA Y 00/100 Soles). Al respecto, Osinergmin tiene plazo hasta el 27 de julio del presente para culminar la plataforma de consulta del padrón de beneficiados del referido bono. A estar atentos.