[Alerta de spoiler: el siguiente análisis contiene spoilers de la novela “Teresa”]
- A Teresa le interesa más el dinero que el amor
La telenovela de “Teresa” trata de una joven que harta de vivir en una vecindad, decide buscar un esposo con dinero para poder tener los lujos que siempre deseó. Es así que se casa con Arturo de la Barrera, un abogado reconocido, quien cae rendido de amor ante la belleza de Teresa. Con el tiempo, este cae en bancarrota y Teresa conoce que el mejor amigo de Arturo, Fernando, era uno de los hombres con más dinero de España. Así, Teresa, aún casada con Arturo decide conquistar a Fernando y lo logra. Teresa se divorcia de Arturo y, acto seguido, se compromete con Fernando. Realizan todos los preparativos para la boda y Fernando le da la titularidad de sus empresas con la confianza de que al casarse las iban a administrar juntos. Sin embargo, Teresa decide liquidar las empresas que Fernando puso a su nombre. Finalmente, termina el compromiso con Fernando diciendo que se equivocó, que no lo ama, que se confundió; y se queda con todo el dinero de las ventas que hizo (300 millones de dólares).
- ¿Qué son los esponsales?
En el Perú, tenemos como primer momento en una relación al enamoramiento, ser enamorados; luego, ser novios para luego casarse. El hecho de ser novios, conlleva a un compromiso mucho más serio que el ser solo enamorados. Es de este noviazgo que surge la figura de los esponsales. Así, el Artículo 239 del Código Civil afirma que “La promesa recíproca de matrimonio no genera obligación legal de contraerlo, ni de ajustarse a lo estipulado para el caso de incumplimiento de la misma”.
Así, resulta importante resaltar:
“que la promesa de matrimonio no afecta, de ningún modo, la libertad de casarse. Ya que, en razón de la propia esencia existencial del matrimonio, «la libertad matrimonial de los novios tiene que estar, siempre, a salvo, por ser necesaria en el momento de la celebración del matrimonio», como resalta Carlos Lassarte. De hecho, la promesa de matrimonio no puede servir como un instrumento de coercibilidad para obligar a los novios a casarse. Evidentemente pensar lo contrario implicaría vulnerar, a mas no poder, la libertad afirmada constitucionalmente, violando la dignidad de la persona humana. (Chaves de Farias y Rosenvald, 2015, p. 156)”[1].
Ello quiere decir que existe una promesa de contraer matrimonio, empero no existe una obligación legal de las partes y que estos no puedan, luego, cambiar de opinión. Es por ello que se resalta el carácter voluntario de contraer matrimonio.
- ¿Qué pasa si se rompe una promesa matrimonial?
Según el Artículo 240 sobre los Efectos de la ruptura de promesa matrimonial tenemos que:
«Si la promesa de matrimonio se formaliza indubitablemente entre personas legalmente aptas para casarse y se deja de cumplir por culpa exclusiva de uno de los promitentes, ocasionando con ello daños y perjuicios al otro o a terceros, aquél estará obligado a indemnizarlos.
La acción debe de interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa.
Dentro del mismo plazo, cada uno de los prometidos puede revocar las donaciones que haya hecho en favor del otro por razón del matrimonio proyectado. Cuando no sea posible la restitución, se observa lo prescrito en el artículo 1635″.
Primero, con respecto a la formalización de la promesa matrimonial, Palacios señala que los esponsales deben cumplir con los siguientes requisitos:
“1) que la declaración de ambos promitentes se formalice indubitablemente, lo que implica que ella pueda ser recognoscible como un hecho vinculante; y 2) que los agentes que exteriorizan dicha declaración tengan la aptitud (capacidad y legitimación) para contraer matrimonio”[2].
Como ejemplo de formalización tenemos que esta se puede dar mediante “una escritura pública, en un documento privado con firma legalizada, o en forma oral ante un público determinado, etc”[3].
Segundo, la doctrina ha adoptado diferentes teorías para poder explicar la naturaleza jurídica de los esponsales. Solo así se podría, luego, adoptar una posición respecto de las consecuencias que puede traer el terminar con una promesa matrimonial. Entre estas teorías tenemos las siguientes: la teoría del contrato, la teoría del hecho, el contrato de derecho de familia, la teoría de la obligación natural, la teoría del hecho social, y, finalmente, la teoría extracontractual. Para este caso vamos a enfocarnos en esta última.
Luego, desde el punto de vista de la responsabilidad extracontractual, romper un compromiso de matrimonio generaría una indemnización para la parte que no terminó con este. Es decir, sean A y B los comitentes. A rompe la promesa de matrimonio con B. Luego, B ha realizado gastos en los preparativos, ha sufrido daños psicológicos u otro daño vinculado a la ruptura del noviazgo. Entonces, A debe indemnizar a B por los daños causados.
Tercero, para Coca, cuando A tenga una actitud de culpa o dolo al negarse a contraer matrimonio, esta actitud podrá resultar análoga a la prevista en el Artículo 1969 del Código Civil que propone que “aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro está obligado a indemnizarlo”[4]. Del mismo modo, B deberá probar que el daño sufrido es debido a la ruptura del compromiso.
Finalmente, con respecto a los dos últimos párrafos tenemos que la acción de indemnización debe realizarse en el plazo de un año desde que se tomó conocimiento de la ruptura del compromiso. Asimismo, si se realizaron donaciones entre A y B (los comitentes) con la proyección de un matrimonio, estas deben ser devueltas en el mismo plazo de 1 año. Así, por ejemplo, si A le donó joyas o prendas de vestir a B por simple gusto, estas no serían revocables; empero, si A le donó o regaló un departamento con el fin de que vivan juntos en este después del matrimonio, entonces esta donación debe ser revocada.
- Entonces, ¿Teresa debe indemnizar a Fernando?
Desde el inicio de su relación con Fernando, Teresa siempre tuvo en mente quedarse con el dinero de este para poder regresar con Arturo. Así, una vez que Fernando pasó sus empresas a su nombre, ella no demoró en liquidarlas, ganando 300 millones de dólares. Después de que el contador le entrega el cheque con el dinero, Teresa termina su compromiso con Fernando para luego intentar volver con Arturo.
Fernando ya había realizado los preparativos para la boda, habían enviado también las invitaciones y solo estaban esperando para casarse. Asimismo, el donativo de sus empresas realizado a Teresa fue porque éste pensó que ella podría administrarlos cuando se casaran. Al fin y al cabo, compartirían todo. Fernando estaba enamorado de Teresa y con ilusión no dudó en poner toda su fortuna en sus manos.
Cuando Teresa termina el compromiso, Fernando se da cuenta de que ella solo quería quedarse con su dinero y queda devastado, ya que él sí la amaba. Éste tenía derecho a recibir una indemnización por los daños psicológicos causados debido a la ruptura de esponsales; asimismo, tenía derecho a que el donativo de sus empresas sea revocado, ya que Teresa actuó con dolo en todo momento desde el inicio de su compromiso.
Como dato adicional, creo importante resaltar que el análisis realizado es en base a la legislación peruana; sin embargo, ya que la historia de la novela transcurre en México, Teresa afirmaba que Fernando no tenía derecho a demandarla. Ello resulta cierto, ya que se derogaron los artículos referentes a la promesa de matrimonio en la legislación mexicana debido a que esta institución ha devenido en desuso.
[1] COCA GUZMÁN, S. (2021). ¿Qué son los esponsales o promesa de matrimonio? Bien explicado. Recuperado de: https://lpderecho.pe/esponsales-promesa-matrimonio-derecho-civil/
[2] PALACIOS MARTINEZ, E. (2016). Código Civil Comentado. Tomo II. P, 45.
[3] PALACIOS MARTINEZ, E. (2016). Código Civil Comentado. Tomo II. P, 46.
[4] Supra nota 1.