Todos los países tienen un orden legal y se amparan en ello para una mejor convivencia. En ese sentido, existen derechos fundamentales como el derecho a la información y a la educación, dos elementos que hacen que los ciudadanos se desenvuelvan en la sociedad de la información y el conocimiento, no solo para alcanzar sus objetivos personales o colectivos, sino también para tomar decisiones, para aprender e investigar. El presente ensayo aborda el concepto de alfabetización informacional, para luego relacionarlo con el derecho a la información y el derecho a la educación, y concluir finalmente que la alfabetización informacional es un derecho de todo ser humano y que debe ejercerlo para toda la vida.
Existe una vasta producción bibliográfica sobre los orígenes de la alfabetización informacional (Alfin). Uno de los hallazgos interesantes es Paul Zurkoswki quien siendo Presidente de la Asociación de la Industria de la Información en 1974, acuñó el término “Information literacy” afirmando que la información no es conocimiento. Asimismo, la define como un conjunto de conceptos e ideas que entran en el campo de la percepción, los mismos que se evalúan y se asimilan con el fin de contrastarlos con la realidad. Esto se va convirtiendo en el movimiento de la alfabetización informacional. Zurkowski escribió “Las personas capacitadas en la aplicación de recursos de información a su trabajo pueden llamarse alfabetizados en información”. (Badke, 2010)
La Asociación de Bibliotecas Americana se centra en la persona y afirma que siendo competente en el uso de la información, es capaz de expresar una necesidad de información, de localizar y evaluar la información que requiere para ser autónomo a lo largo de la vida (American Library Association [ALA], 1989). Así a lo largo del tiempo este concepto no pierde su esencia. Organizaciones como la Sociedad de Bibliotecas Universitarias, Nacionales y Universitarias (SCONUL) en el Reino Unido, publicó el modelo «Los siete pilares de la alfabetización de la información» (The Society of College National and University Libraries, 1999). La Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (2020), cuya sigla en inglés es IFLA, a través de su Sección de Alfabetización Informacional promueve la cooperación internacional para educar en esta alfabetización en todo tipo de bibliotecas y/o instituciones de información.
La importancia de alfabetizar en el uso de la información se consolida aún más cuando en Alejandría, Egipto, se declara que “la alfabetización informacional y el aprendizaje a lo largo de la vida son los faros de la Sociedad de la Información que iluminan las rutas hacia el desarrollo, la prosperidad y la libertad”. De esa manera se insta a los gobiernos para que formulen políticas y programas a fin de promover la alfabetización informacional integrada al aprendizaje, apoyando reuniones por regiones y sectores socioeconómicos, se menciona que debe incluirse en el nivel de educación inicial, contribuyendo con un mejor desenvolvimiento en el empleo, en el emprendimiento de mujeres, entre otros (Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas, 2015).
Pero, ¿a qué tenemos derecho las personas? nuestra Constitución en el Cap. I Derechos Fundamentales de la Persona, art. 2, inciso 4 declara que toda persona tiene derecho a:
“A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.” (Constitución Política del Perú [Const], 1993)
Lo que si queda explícito es que tenemos derecho a pedir información a cualquiera de las instituciones públicas, sin expresión de causa. Sin embargo, nos preguntamos ¿el ciudadano sabe cómo ejercer este derecho a la información? ¿enseñamos en las escuelas a ejercer este derecho a la información?
Al tratar de contestar estas preguntas analizamos el siguiente artículo de la Constitución Política del Perú (1993):
“Artículo 14°. – La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad.” (p. 6)
Y los siguientes articulados de nuestra Constitución referidos a la educación en donde el Estado garantiza la gratuidad de la enseñanza, considera a las personas bilingües y atiende la multiculturalidad de las regiones, además de la erradicación del analfabetismo; son una clara muestra que el Estado debe prestar atención a emprender programas que integren Alfin en los planes educativos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos señala en su artículo 19° que,
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Si tenemos el derecho a la información y la educación forma ciudadanos sólidos para su desempeño eficiente en la sociedad de la información, además el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados, también el acceso a los medios que no afecten la vida y la salud (Constitución Política del Perú, 1993, art. 6). Creemos entonces que la alfabetización informacional sintetiza estos conceptos porque se fundamenta en la formación de ciudadanos capaces de definir una necesidad de información, capaces de seleccionar y evaluar las fuentes adecuadas, capaces de comunicar respetando la propiedad intelectual, lo que redunda en los logros de aprendizaje y de investigación.
Con la intención de reforzar lo expuesto, encontramos que en la Reunión de Expertos en Alfabetización en Información en la ciudad de Praga, organizada por la US Commission on Library and Information Science y el National Forum on Information Literacy, contando con el apoyo de la Unesco, se propusieron los principios fundamentales de la alfabetización informacional como un “prerrequisito para participar de forma eficaz en la Sociedad de la información y a la vez, es una parte del derecho humano básico del aprendizaje para toda la vida” enfatiza. Alfin es un componente importante para los programas de Educación para Todos y que ayuda a cumplir las metas de las Naciones Unidas de Desarrollo del Milenio y respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Declaracion de Praga: hacia una sociedad alfabetizada, 2003)
Cuando Sturges & Gastinger (2012) estudian la alfabetización informacional como un derecho humano encuentran que en el Proyecto de Alfabetización Informacional Escocés (2004-2009) ya mencionan a Alfin como un derecho civil. Los autores citan una serie de casos de países como Noruega, Estados Unidos, Gran Bretaña, que toman como base el art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos para reforzar el derecho a la información, llegando a la conclusión que las personas necesitan tener destrezas para acceder a la información en distintos soportes para hacer realidad su derecho a la información.
Compartimos y defendemos las acciones que realiza IFLA a favor de la alfabetización Informacional. Para esto mantiene una Sección especialmente dirigida a promover Alfin para todos los ciudadanos en las bibliotecas de todos los ámbitos.
“La alfabetización informacional se encuentra en el corazón mismo del aprendizaje a lo largo de la vida. Capacita a la gente de toda clase y condición para buscar, evaluar, utilizar y crear información eficazmente para conseguir sus metas personales, sociales, ocupacionales y educativas. Constituye un derecho humano básico en el mundo digital y promueve la inclusión social de todas las naciones.” (Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas, 2015)
Como las bibliotecas ejercen una función social en un mundo tan cambiante y que con el avance las tecnologías se ha cambiado la forma de acceder a la información para generar conocimiento y también para comunicarnos, es decir, estamos viendo el avance de lo digital y es aquí donde los servicios también están cambiando en base a la adquisición de recursos electrónicos y viendo que lo presencial se va dejando de lado, sobre todo en el ámbito de las bibliotecas públicas cuya función es proveer recursos culturales. Además, son centros de desarrollo personal y colectivo, espacios de encuentro con la multiculturalidad, convertidos en lugares de formación, alfabetización, inclusión social y participación ciudadana; se hace más evidente que la alfabetización informacional es responsabilidad de estas bibliotecas (Sánchez-García & Yubero, 2016).
En conclusión, el derecho a la información tipificado en nuestra Constitución y en la Declaración Universal de Derechos humanos es un buen argumento para fortalecer el desarrollo de Alfin en los países, integrado en sus sistemas educativos.
La alfabetización informacional al tener una connotación educativa, es decir, forma usuarios para el uso de la información, y siendo la educación un derecho fundamental del ser humano, reconocemos que sin información no obtendremos logros de aprendizaje.
Las bibliotecas como espacios de interacción ciudadana tienen un rol muy importante en lo que se refiere a ejercer el derecho a la alfabetización informacional.
Referencias bibliográficas
American Library Association {ALA]. (1989). Presidential Committee on Information Literacy: Final Report | Association of College & Research Libraries (ACRL). http://www.ala.org/acrl/publications/whitepapers/presidential
Badke, W. (2010). Foundations of information literacy: Learning from Paul Zzurkowski. Trinity Wetern University . https://www.researchgate.net/publication/293703989
Constitución Política del Perú [Const]. (1993).
Declaracion de Praga: hacia una sociedad alfabetizada (p. 1). (2003). http://www.peri.net.ni/pdf/01/Declaraci1.pdf
Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas. (2015). Faros para la Sociedad de la Información: Declaración de Alejandría sobre la alfabetización informacional y el aprendizaje a lo largo de la vida. https://www.ifla.org/node/7275
Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas. (2020). Information Literacy Section. https://www.ifla.org/information-literacy
Sánchez-García, S., & Yubero, S. (2016). Papel socioeducativo de las bibliotecas públicas: nuevos perfiles profesionales para nuevos tiempos. Profesional de la Informacion, 25(2), 226–236. https://doi.org/10.3145/epi.2016.mar.09
Sturges, P., & Gastinger, A. (2012). La alfabeización informacional como derecho humano. Anales de documentación, 15(1). http://revistas.um.es/analesdoc/article/view/147651
The Society of College National and University Libraries. (1999). Information skills in higher education.