«Aquí descansan los restos de una criatura que fue bella sin vanidad, fuerte sin insolencia, valiente sin ferocidad y tuvo todas las virtudes del hombre y ninguno de sus defectos»
Lord Byron – En memoria de Laika
Por Arturo Aguirre
Hay algo con lo que indefectiblemente debemos lidiar a lo largo de nuestras vidas, directa o indirectamente, salvo casos excepcionales, y que por experiencia propia y de allegados se ha convertido en una experiencia traumática. No, no hablo de ir al hospital, ni de ir al dentista, sino hablo del simpático hombre que te espera con una sonrisa amigable, aliento a menta, con su batita blanca y que, dicho sea de paso, lo primero que hace es acariciar a nuestro mejor amigo. Este personaje, sí, el veterinario, otrora héroe que cuida la salud de nuestras mascotas puede resultar ser el peor villano de la historia, de nuestra historia y mucho más egoísta, oscuro y malvado que el mismísimo Guasón.
Como siempre toda historia comienza bien, con sonrisas y gestos amables, con mutuo respeto y admiración que terminan en un pacto, jurídicamente hablando, un contrato de prestación de servicios, por el cual el veterinario se obliga a prestar tratamiento médico a nuestra mascota y nosotros, en contraprestación, lógicamente, pagamos.
No obstante ello, en el mundo real el nivel de incumplimiento es alto, por citar un ejemplo, hace exactamente un mes, mi perra un Husky de 13 años necesitaba una operación de emergencia. Hasta ahora no conozco el mal que la aquejaba, pero el veterinario de una conocida tienda de mascotas de Huaraz, diagnosticó infección severa en el útero, cuyo tratamiento en esos casos es la extirpación de los órganos reproductores del animal, por el estado de descomposición en el que se encontraba. La premura y alarma del veterinario me hicieron contratarlo para que opere a mi perra al día siguiente.
Mi perra que no había comido por casi 2 semanas y que había sido objeto de tratamiento con antibióticos y demás, por otro veterinario, se jugaba la vida en dicha intervención quirúrgica. Estaba moribunda y cansada.
Al día siguiente, lleve a mi perra cargada hasta la veterinaria a la hora indicada. Grande fue la frustración y amargura cuando el dueño del local sale y me comunica que no se le podría operar ese día porque su veterinario se había embriagado y no estaba en condiciones de operar. Ante mi indignación y mi furia desatada, el señor amenaza prepotentemente e invita a que, en cualquier caso, me vaya a la vía judicial, y como solución al impase retorna el dinero. Mi perra, lamentablemente, muere al día siguiente.
Para aquellos que tienen una mascota y que la han criado como miembro de la familia se darán cuenta que el simple retorno del dinero no soluciona el problema, mas, como me pasó a mí, caldea más los ánimos y nos llevan a iniciar desde un escándalo hasta acciones legales. Por ello, y teniendo en cuenta que la mayoría de propietarios de mascotas desconoce el derecho y tiende a llevarse su indignación, pena y frustración a casa sin hacer nada, es que este articulo busca dar pequeñas luces sobre la responsabilidad real de los veterinarios al tratar a nuestros animales y que hacer ante casos de negligencia.
El contrato de prestación de servicios arriba mencionado es en su naturaleza una obligación de medios, ahora bien ¿Qué es una obligación de medios? Para responder a dicha interrogante es menester saber que tradicionalmente las obligaciones se dividen en tres tipos, las obligaciones de hacer, de dar y de no hacer. No obstante ello y partiendo de la teoría del riesgo hay otra división que permite determinar adecuadamente el nivel de responsabilidad en caso de incumplimiento, estas son las obligaciones de medios y las de resultado.
En las obligaciones de resultado como su propio nombre lo dice lo que importa es el resultado final, ello implica que el cumplimiento o incumplimiento depende directamente de la producción o no del resultado; este resultado esta “IN OBLIGATIONE”, entonces la responsabilidad del deudor es objetiva. Por otro lado, las obligaciones de medios se basan en la diligencia al momento de ejecutar la prestación, es así que el cumplimiento o incumplimiento se basan en analizar el comportamiento diligente en la ejecución de la prestación, siendo su responsabilidad subjetiva.
La importancia de tener en cuenta dicha diferencia es en saber que la responsabilidad del Veterinario recae en cumplir con los procedimientos y la diligencia adecuada en la tratamiento de las enfermedades de nuestras mascotas. Mas no en el resultado concreto de curarlas; a la diligencia en el cumplimiento de los procedimientos médico veterinario se les denomina Lex Artis. En el caso propuesto, experiencia personal, el veterinario no está obligado a curar a mi perra, pero si está obligado a darle todos los cuidados necesarios para que su salud mejore
La falta de diligencia por cualquier motivo imputable al deudor (veterinario) conlleva a transferir el riesgo a la esfera jurídica del deudor. De esta forma, si el veterinario no pueda asistir a la operación o a cualquier tratamiento de urgencia del animal, el propietario está en todo su derecho de exigir una indemnización por daños y perjuicios; sin embargo, esto sería el último recurso que usaría el propietario para salvaguardar de alguna manera su derecho. En términos concretos y rápidos el artículo 1150 del código civil nos da tres alternativas de solución ante el incumplimiento del veterinario,
Es así que el inciso 1 del citado artículo menciona “Exigir la ejecución forzada del hecho prometido, a no ser que sea necesario para ello emplear violencia contra la persona del deudor”. Para ello podemos utilizar la fuerza del escándalo; aunque el lector pueda quedar absorto por el consejo, hacer escandalo ayuda mucho en la ejecución de lo que se busca. Llamar a la policía, amigos y familiares (hacerse sentir acompañado) resulta a veces lo suficientemente intimidante para que el veterinario busque una solución rápida ante el incumplimiento. En caso de no hallar solución, podemos usarlos como pruebas; no obstante,lo importante aquí es buscar una solución rápida que nos permita salvarle la vida a nuestro mejor amigo. Asimismo, y ante el temor de que la presión ejercida al veterinario al final pueda traer como consecuencia una mala praxis, el inciso 2 nos habilita a exigir que la prestación sea ejecutada por persona distinta al deudor y por cuenta de éste. Ello conllevaría a que podamos recurrir a cargo y costo del veterinario a uno de sus colegas.
Por último, el inciso 3 nos habilita a dejar sin efecto la obligación, esta última implica en términos reales irse a la vía judicial y pedir una indemnización. Para ello, aunque resulte absurdo pensarlo en el momento, (y antes que el superman justiciero salga y nos opaque el juicio) es importantísimo hacernos de los medio probatorios suficientes para poder presentarlos en la vía judicial, por lo mismo es imperativo guardar boletas de pago, llamar a la policía para que haga un atestado, hacerse de fotos y videos que ayudarán a que nuestro proceso sea exitoso.
Un tema aparte que es importante recalcar y tener en cuenta en nuestra cruzada contra un mal veterinario es que estos también tienen responsabilidad ética, con sanción disciplinaria que van desde una multa hasta la expulsión (artículo 4 del reglamento disciplinario del colegio médico veterinario del Perú).
Es así que al revisar el código deontológico del colegio médico veterinario del Perú saltan algunos artículos que son de sumo interés para los propietarios de animales. Así el artículo 37 de dicho cuerpo normativo prescribe lo siguiente: “El Médico Veterinario evitará una demora injustificada cuando deba asistir al paciente, nunca lo perjudicará intencionalmente ni lo atenderá con negligencia.” Negligencia que no solo se da por no seguir los procedimientos médicos establecidos, sino por recetar cuando el animal no está enfermo, aprovecharse de su mejor posición como veterinario para incoar a los propietarios a comprar medicinas y contratar tratamientos que el animal no necesita. Por ello dicho artículo debe ser leído junto al Artículo 42° que dice: “Son inadmisibles y punibles las prácticas médicas o procedimiento carentes de base científica, los inspirados en el charlatanismo, los que prometen a los clientes curaciones imposibles, los procedimientos ilusorios o insuficientemente probados, así como la aplicación de tratamientos simulados, de remedios secretos o la simulación de intervenciones quirúrgicas.”
Obviamente, leídas las normas éticas pertinentes, caemos a cuenta que el veterinario de mi perra incumplió las normas éticas sobre la materia, normas que dicho sea de paso como muestra el anexo a este código es jurada por lo nuevos profesionales de dicha carrera y que busca inculcar la defensa de la misma ordenando su conducta en los parámetros rectores.
Finalmente y a modo de conclusión, hay algo que une tanto a los profesionales de la salud veterinaria como a los propietarios de mascota y esto es el amor por los animales. Y el amor como virtud demanda responsabilidades, por parte de los veterinarios, su responsabilidad recae en brindar una adecuada atención como demanda su código de ética y la sociedad en su conjunto.
Y de parte de nosotros, los propietarios de animales, se demanda solidaridad y sentido de la justicia, ya que no se puede dejar a un mal veterinario sin castigo, toda vez que otro animalito, la mascota de un niño, de una anciano, de otra familia, puede correr la misma suerte que la tuya, y eso es algo que no se puede permitir.
Imágen: Thinkstock
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