Consulta previa y comunidades campesinas

MALI

En 1969, el gobierno de Juan Velasco Alvarado cambió el nombre de las “comunidades indígenas” por el de las “comunidades campesinas”. ¿La razón? La palabra “indígena” –sostenía– tenía una connotación peyorativa. Veintiséis años después, en 1995, entró en vigencia el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): Un instrumento internacional sobre los pueblos indígenas trajo de vuelta la palabra rechazada. Más allá de las denominaciones, por varios años el Estado peruano consideró que las comunidades campesinas y nativas eran parte de los pueblos indígenas del país.

No obstante, en el año 2010 la administración del presidente García observó la autógrafa de la Ley del Derecho a la Consulta Previa de los Pueblos Indígenas, al considerar –entre otros injustificados argumentos– que dicha norma no debía aplicarse a las comunidades campesinas. Finalmente, en setiembre de 2011, el gobierno del Presidente Humala promulgó la Ley de Consulta Previa. La misma, de acuerdo al texto, estableció que las comunidades campesinas podían ser identificadas como parte de los pueblos indígenas conforme a los criterios establecidos por el Convenio 169 de la OIT y la propia Ley. Al mismo tiempo, la nueva norma introdujo la obligación de constituir una Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios que ayudara a la identificación de los pueblos indígenas.

Posteriormente, se dictaron un conjunto de normas reglamentarias orientadas a implementar la consulta. Al mismo tiempo, el Viceministerio de Interculturalidad inició el diseño y puesta en funcionamiento de la Base de Datos Oficial. En el año 2012, el Ministerio de Cultura anunció que los Pueblos Indígenas identificados incluían a cincuenta del ámbito amazónico y cuatro del ámbito andino (quechua, aimara, jacaru y uro). Lamentablemente, sectores del gobierno mostraron su oposición a la incorporación de los pueblos indígenas andinos. La Base de Datos se empezó a publicar a fines del 2013, pero solo incluyó a las comunidades nativas. Las comunidades campesinas de habla quechua empezaron a incluirse recién en julio de este año. Durante el periodo transcurrido, el gobierno otorgó autorizaciones a un conjunto de proyectos mineros sin consulta previa, cuando esta debió realizarse.

Este año, tras diversas presiones desde fuera del gobierno y de tensiones al interior del mismo, se inició la publicación de la lista de las comunidades campesinas que forman parte de los distintos pueblos indígenas del país. La publicación se completará –ha anunciado el Ministerio de Cultura –en diciembre del presente año. Es en este contexto que el Ministerio de Energía y Minas está desarrollando la primera consulta previa en una comunidad campesina en el marco de la Ley de Consulta Previa y su reglamento. Esta se realizaría con la comunidad campesina de Parobamba (Calca, Cusco) con relación a un proyecto de exploración minera.

El paso dado es crucial. Esta primera consulta de una comunidad campesina quechua –junto a la publicación de la lista completa de comunidades campesinas que conforman los pueblos indígenas– cierra una primera etapa del proceso de implementación de la consulta previa. Aunque representantes de las organizaciones nacionales de los pueblos indígenas quechua y aimara han participado en procesos de consulta de normas de alcance nacional –por ejemplo, en el Reglamento de la Ley de Consulta Previa o en el Reglamento de la Ley Forestal–, solo las comunidades nativas habían participado en las consultas a nivel de proyectos de inversión.

Diversas tareas surgen ahora. Es necesario evaluar qué comunidades campesinas fueron incluidas y cuáles no. También deben apoyarse los procesos de consulta a fin de que logren sus fines plenamente. Además, el gobierno debe fortalecer las capacidades del Ministerio de Energía y Minas para conducir los procesos de consulta. Al mismo tiempo, deberán tomarse decisiones para atender los casos comprobados de evasión de la consulta previa. Esta es una agenda que deberá continuar el próximo gobierno.


 ( * ) Fuente de la Imagen: Descenso del Qoyllurriti, de  Martín Chambi.

 

Ivan Lanegra Quispe
Abogado. Profesor de Ciencia Política en la PUCP y en la Universidad del Pacífico. Exviceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura.