La situación de las personas migrantes y refugiadas venezolanas ha devenido en insostenible desde el inicio de la pandemia por COVID-19. Así lo corrobora un testimonio de uno de tantos y tantas nacionales de este país que viajaron a países como Perú, Colombia o Ecuador en busca de un futuro que les es negado en Venezuela desde hace varios años: «Si es para aguantar hambre, mejor aguantamos en nuestro país»[1]. Y no es para menos, ya que desde que los gobiernos de estos países adoptaron declaratorias de estados de emergencia o alarma, las esperanzas de esta población, ya de por sí prácticamente frustradas, se vinieron abajo.
Ante esta situación, muchas de las más de 800.000 personas venezolanas que residen actualmente en el Perú[2]están regresando a su país de origen. Ello a pesar de que las fronteras se cerraron y se militarizaron el pasado 16 de marzo y sabiendo que “las condiciones del viaje son muy duras”, como afirmó recientemente el embajador venezolano en el Perú, Carlos Scull[3]. El mismo señor Scull ha admitido, además, que hay que estar muy desesperado para intentar volver a Venezuela en estos momentos. Pero ¿es cierto que existe una desesperación como tal?
Pues bien, al menos para el Estado peruano, las personas migrantes y refugiadas no importan realmente. Mucho menos si se trata de población en especial situación de vulnerabilidad, como la mayoría de la población venezolana en el país, la cual subsiste gracias a la economía informal y en condiciones bastante precarias[4]. Cierto es que Perú emitió varias medidas relacionadas con la entrega de subsidios económicos para población en situación de pobreza o pobreza extrema, pero decidió no incluir como beneficiaria a la población migrante y refugiada, a sabiendas deque un gran número de estas personas se han visto imposibilitadas de salir a ganarse sus ingresos diarios debido a la restricción ambulatoria por riesgo de contagio de COVID-19.
Pero si la situación de esta población aún no parece lo suficientemente complicada, sólo falta añadir que más de 500 personas venezolanas han sido desalojadas de sus hogares[5]. Nuevamente el Estado peruano, a la fecha, no ha ofrecido alojamientos alternativos adecuados ni tampoco se ha pronunciado respecto al tema, aumentando así el riesgo de contagio para estas personas y el correspondiente peligro inminente para su salud, e incluso, para su vida.
Ante este panorama, queda claro que sí existe un estado de desesperación tal que ha obligado a muchas personas migrantes y refugiadas a retornar a su país de origen, a pesar de los riesgos que ello conlleva. No solamente por tener que atravesar caminos ilegales ante el cierre de fronteras, sobretodo porque ello los lleva de vuelta a un Estado que no los protege, los persigue y donde se cometen graves violaciones a sus derechos humanos.
El derecho a regresar al país de origen como derecho humano
De cualquier forma, el artículo 13.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 22.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos consagran el derecho a la libre circulación y residencia, seguidamente, garantizan la posibilidad de toda persona a salir libremente de cualquier país -inclusive del propio- así como regresar al país de origen (arts. 13.2 y 22.2, respectivamente).
Estos derechos, que también se encuentran recogidos en los Principios Interamericanos sobre los Derechos Humanos de todas las Personas Migrantes, Refugiadas, Apátridas y las Víctimas de Trata de Personas[6] solo pueden ser restringidos por ley, cumpliendo con los criterios de proporcionalidad y temporalidad, especialmente, si se trata de resguardar la seguridad nacional, la protección o el orden público, la moral o la salud públicas o los derechos y libertades de los demás.
Sin duda, no se discute la decisión de la mayoría de Estados de restringir este derecho de libre tránsito en el actual contexto, acertada y amparada por los instrumentos internacionales antes citados. Ahora bien, también es cierto que no puede negarse a aquellas personas en situación de movilidad -estén en situación regular o irregular- su derecho a un retorno voluntario, siempre que este sea seguro y se cumpla con los protocolos de bioseguridad que corresponden, avalados por la Organización Mundial de la Salud.
En ese sentido, la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2020) ha hecho un llamado a los Estados a cumplir con este propósito, de tal manera que garanticen “el derecho de retorno a los Estados y territorios de origen o nacionalidad, a través de acciones de cooperación, intercambio de información y apoyo logístico entre los Estados correspondientes, con atención a los protocolos sanitarios requeridos, garantizando el principio de respeto a la unidad familiar”[7].
¿Se está garantizando el derecho al retorno para las personas venezolanas?
Teniendo claro el marco normativo, cabe mencionar que, en países como Colombia, varias fuentes han informado de la habilitación de “corredores humanitarios” para el transporte -fundamentalmente terrestre- de personas venezolanas hacia su país de origen. Esto ha permitido el retorno de varios miles de personas, hasta la fecha[8]. Sin embargo, ello no ha impedido otros muchos movimientos irregulares de personas migrantes y refugiadas que arriesgan su salud, su integridad y su vida retornando por caminos irregulares o “trochas” y, con ello, exponiéndose a robos, agresiones o incluso a convertirse en víctimas de redes de trata de personas o grupos armados ilegales.
Este es el caso de aquellos y aquellas “caminantes” que residían en Perú y que se vieron forzados a volver a pie a Venezuela, pues a la fecha no se ha encontrado información sobre si se están gestionando viajes humanitarios similares a los que está proporcionando el gobierno colombiano, a excepción del único vuelo organizado hasta el momento por el gobierno de Nicolás Maduro como parte de su “Plan vuelta a la patria”, que tuvo lugar el mes de mayo[9]. En definitiva, ante el cierre intermitente de pasos fronterizos regulares entre Perú, Ecuador y Colombia[10] no se está dando otra salida que la de caminar desde Perú hasta Colombia, donde se les garantizaría, de algún modo, su regreso seguro.
¿Qué debería hacer el Estado peruano y los Estados fronterizos para garantizar un retorno seguro?
Ante este panorama, la medida más importante que deben tomar los Estados es materializar el derecho al retorno voluntario y cooperar entre sí para garantizar un transporte terrestre o aéreo humanitario seguro y eficaz, como se señaló más arriba. Ahora bien, estas medidas sólo deben aplicar a quienes deseen y consientan dicho retorno, pues cabe recordar que la cooperación internacional para la repatriación de nacionales debe respetar el principio de no devolución.[11] Es decir, no debe traducirse en la devolución de personas extranjeras a países donde sus derechos se encuentren amenazados, como es el caso de Venezuela.
Asimismo, la cooperación interestatal, sobre todo en países fronterizos como Colombia, Ecuador y Perú, se hace aún más necesaria en los casos de personas venezolanas que han decidido tomar riesgos regresando por vías ilegales, como ya se vio. En ese sentido, sería más que pertinente -y urgente- generar una estrategia coordinada de supervisión, fiscalización y asistencia humanitaria en los albergues y estaciones migratorias donde estas personas se establecen temporalmente para cumplir con las medidas de aislamiento y cuarentena. Ello debido a que se ha recibido información sobre las condiciones de insalubridad y hacinamiento que presentan muchos de estos lugares[12].
En definitiva, si la situación de esta población que decidió un día migrar al Perú o a otros países vecinos ya era preocupante antes de la pandemia, más lo es en estos momentos. Las agencias de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales pueden brindar apoyo a este respecto (y de hecho lo vienen proporcionando), pero sin el compromiso real de ayuda por parte de los gobiernos de los distintos países implicados en las dinámicas de retorno, este apoyo no será suficiente. La vida de miles de personas que quieren regresar a su país está en juego. ¿Cuánto tiempo más les tomará a los países para reaccionar?
Bibliografía:
[1] Véase Agencia EFE (2020). “Volver a Venezuela desde Colombia, una odisea forzada por el coronavirus”. 1 de mayo de 2020. https://www.efe.com/efe/america/sociedad/volver-a-venezuela-desde-colombia-una-odisea-forzada-por-el-coronavirus/20000013-4235771
[2] Según cifras de R4V, a junio de 2020 la cifra es de 829.677 personas. https://r4v.info/es/situations/platform/location/7416
[3] Véase BBC News Mundo (2020): “Coronavirus: el trágico viaje de un grupo de venezolanos que intentó regresar a pie a su país desde Perú en medio de la pandemia”. 18 de mayo de 2020.
https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-52648228
[4] Véase IDEHPUCP (2019). Estudio sobre el perfil socio económico de la población venezolana y sus comunidades de acogida: una mirada hacia la inclusión. https://cdn01.pucp.education/idehpucp/wp-content/uploads/2019/08/02195731/estudio-final-.pdf
Asimismo, según informó ACNUR a la BBC (2020), cuatro de cada cinco migrantes venezolanos en Latinoamérica no tenían un contrato a finales de 2019: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-52648228
[5] Véase el comunicado en:https://presidenciave.com/embajadas/embajada-peru-orientacion-juridica-desalojos-pandemia/
[6] Concretamente, en el Principio 52. Véase CIDH (2019): https://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/Principios%20DDHH%20migrantes%20-%20ES.pdf
[7] CIDH (2020). Resolución 1/2020 “Pandemia y derechos humanos en las Américas”, párrafo 60. http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf
[8] Por ejemplo, la CIDH informó recientemente que las autoridades migratorias colombianas dispusieron 290 buses para permitir el regreso seguro de al menos 12 mil personas venezolanas a la frontera colombo-venezolana. Véase el comunicado “CIDH llama a los Estados a garantizar derechos de personas venezolanas que retornan a Venezuela ante la pandemia del COVID-19 “: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/112.asp
[9] Véase: La República (2020). “Plan Vuelta a la Patria: el vuelo humanitario de Perú a Venezuela que llegó con casos COVID-19”. 23 de mayo de 2020.https://larepublica.pe/mundo/2020/05/22/plan-vuelta-a-la-patria-el-vuelo-humanitario-de-peru-a-venezuela-que-llego-con-casos-covid-19-coronavirus/
[10] Según informa la CIDH (2020) en el comunicado ya citado: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/112.asp
[11] Véase: Corte IDH, Opinión Consultiva OC-25/18, párrafo 186.
[12] A través de organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la región y que proporcionaron esta información a la CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/112.asp