No es sencillo decirse feminista, sobre todo cuando el término aún contiene una carga negativa y estereotipada. Aun así, desde hace casi tres años que me proclamé feminista, a pesar de las preguntas suspicaces, cuestionamientos, críticas de mis amigos y familia.
Desde entonces mi vida ha dado un giro, no solo en mis relaciones interpersonales y colectivas, sino también en cómo comencé ver el Derecho: desde otra perspectiva, una mucho más crítica y menos complaciente respecto a la tradicional. Así, caí en la cuenta que el Derecho es una disciplina androcéntrica, erigida como “neutral” pero con inclinación y preferencia por lo “masculino”, invisibilizando el valor de lo “femenino” y lo “disidente” en el entendimiento de una disciplina no exacta, no estática, que evoluciona de acuerdo a las demandas de la sociedad. Aprendí también que, para el Derecho, lo que no se nombra no existe.
Es así que resulta importante, sobre todo en el ámbito de la defensa de los derechos de las mujeres, delimitar, nombrar, tipificar, describir, clasificar, visibilizar todos los tipos de vulneraciones a dichos derechos. La violencia de género es un tipo de violación de derechos humanos basado en el sexo y/o género de una persona. Dentro de este tipo de violencia, está ubicada la violencia obstétrica.
El caso de la violencia obstétrica es particular: la maternidad está normalizada. Se sigue pensando que las mujeres tenemos como finalidad convertirnos en madres, y se sigue estigmatizando a quienes deciden no serlo. Debido a esta naturalización de la maternidad, todo lo referido al embarazo y al parto son situaciones que una mujer “debe” tolerar, por el hecho de ser mujer y madre. Asimismo, se ha normalizado y deshumanizado las relaciones de poder entre el personal de salud y la paciente. Es por ello que el parto y todo el dolor que implica el mismo parecían no ser un tema de discusión.
Hasta que caímos en la cuenta que las mujeres tenemos derecho a no ser madres, y si decidimos serlo, tenemos derecho a parir sin violencia. Además, la violencia obstétrica no es solo una manifestación más de la violencia de género, sino también un problema de salud pública.
Por ello, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, quiero dedicar este pequeño artículo a la reflexión sobre este tipo de violencia de la cual poco se habla o discute.
¿Qué es la violencia obstétrica?
Actualmente no existe una definición uniforme de violencia obstétrica. La misma varía de acuerdo a la normativa de cada país, así como a la incipiente investigación académica sobre el tema.
Uno los pocos países en Latinoamérica que ha legislado y definido la violencia obstétrica, es Venezuela. En la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se define así:
Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato jerárquico deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres.[1]
Me parece importante presentar la definición de dicha normativa pues es la más completa que existe en la región, y la que recoge con mayor precisión los supuestos que componen este tipo de violencia.
Según dicha ley, se consideran actos constitutivos de violencia obstétrica los ejecutados por el personal de salud al no atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas, obligar a la mujer a parir en posición supina y con las piernas levantadas, existiendo los medios necesarios para la realización del parto vertical, obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer, alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer, practicar el parto por vía de cesárea existiendo condiciones para el parto natural y sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
También pueden considerarse como manifestaciones de violencia obstétrica: los insultos, comentarios humillantes o que ridiculicen a la madre, prohibir que la mujer pueda expresarse, minimizar su dolor y experiencia, e incluso las esterilizaciones sin consentimiento o con consentimiento nulo o viciado, entre otras manifestaciones. Así también, se ha considerado que la violencia obstétrica no solo se manifiesta en el parto, sino también en las visitas al o la ginecóloga y los tratamientos médicos que generen.
En el Perú, la violencia obstétrica ha sido incorporada al Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016- 2021, y señala que: “Comprende todos los actos de violencia por parte del personal de salud con relación a los procesos reproductivos y que se expresa en un trato deshumanizador, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, que impacta negativamente en la calidad de vida de las mujeres.”[2]
Sin embargo, a la fecha no existen mecanismos especiales de atención para casos de violencia obstétrica en nuestro país.
Este tipo de violencia se reproduce debido a la excesiva medicalización y mecanización de la reproducción, sobre todo en el parto, reduciendo la autonomía de las mujeres, y la posibilidad de valerse por sí mismas, dejando todo y cada detalle a la atención médica.
De acuerdo a Laura Belli:
Las ciencias de la salud comparten con el resto de las ciencias su propósito de control sobre los procesos naturales. Si bien resultaría ingenuo no reconocer los innegables beneficios que los avances en este campo han logrado conquistar, las prácticas de rutina durante el momento del parto, aplicadas de forma sistemática, mecanicista y medicalizada, adquieren un carácter negativo, que muchas veces deriva en situaciones de violencia para las mujeres.[3]
Así pues, la violencia obstétrica encuentra asidero en las relaciones asimétricas entre la paciente y el personal médico, en razón de su autoridad y conocimiento, lo cual pone a las mujeres en una situación de desigualdad y vulnerabilidad.
Ésta asimetría, basada en la autoridad y el conocimiento, han legitimado las intervenciones sobre el cuerpo de las mujeres parturientas, así como el control sobre él mismo, haciendo que muchas veces su voluntad no sea tomada en cuenta.
¿La violencia obstétrica es violencia de género?
En palabras simples, podríamos decir que la violencia de género es la sufrida en base al sexo y/o género del ser humano. Se usa en su mayoría para describir la violencia de la cual son víctimas las mujeres por el hecho de serlo.
De acuerdo a instrumentos internacionales especializados en el tema, tales como la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, la violencia contra la mujer es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que pueda resultar en un daño o sufrimiento físico sexual o psicológico, y la limitación de sus libertades y derechos, afirmando que la mujer tiene derecho al goce y protección de sus derechos humanos en toda esfera, tanto pública como privada.
Asimismo, de acuerdo a la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (Convención Belem Do Para), se incluye el término “basada en su género” para referirse a la violencia, la cual configura cualquier acción que cause daño, muerte o sufrimiento físico, sexual o psicológico a las mujeres.
Hay quienes podrían decir que no encuentran la relación entre el ser mujer y la violencia recibida en el parto, y que la negligencia médica podría tomar como víctima tanto a hombres como mujeres pues se trataría solo de un tipo de violencia entre el personal de salud y el paciente, visto como un elemento neutro, sin que el género o sexo del mismo cobre importancia.
Sin embargo, existen argumentos para señalar que la violencia obstétrica solo se erige contras las mujeres, y configuraría un tipo de más de violencia de género.
Es innegable que el embarazo es un proceso biológico que solo las mujeres (nacidas como tales) pueden experimentar. Pero este tipo de violencia no se agota en esta característica natural. Es debido a esta característica que quienes ejercen este tipo de violencia se apropian del cuerpo de las mujeres, para despojarlo de autonomía y ejercer sobre él mecanismos médicos y científicos, sin tomar en cuenta la voluntad, sentires, decisión de las mujeres.
Tenemos aquí la misma lógica subyacente al caso de las esterilizaciones forzadas: la cosificación y apropiación del cuerpo de la mujer para fines externos al goce y ejercicio de derechos de manera autónoma.
En este caso, se usan los cuerpos de las mujeres con fines médicos, para poder llevar a término el parto con celeridad, para gastar menos en materiales quirúrgicos, para inducirlas a cesáreas innecesarias, para burlarse de su dolor y ejercer poder sobre sus pacientes, entre otras razones por las cuales se transgreden los cuerpos y procesos propios de la maternidad, tales como el parto. Esta cosificación también entraña discriminación y trato diferenciado recaído en las mujeres.
Para muestra un botón. De acuerdo a las investigaciones de Alejandro Arrieta y Andrés Oneto, en el Perú cada año más de “13 mil mujeres han visto afectados sus derechos reproductivos debido a cesáreas inducidas por el médico sin justificación clínica”.[4]
Explican los autores que, entre otros supuestos, esto se debe a incentivos monetarios para los médicos y personal de salud, sobre todo del sector privado. Así, se compensan los ingresos, así como se garantiza la “comodidad” del equipo médico.
Asimismo, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud:
En todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola los derechos de las mujeres a una atención respetuosa, sino que también amenaza sus derechos a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación.[5]
Así pues, la violencia obstétrica configura un tipo de violencia de género y vulneración a los derechos humanos de las mujeres, no solo de carácter sexual y reproductivo, sino también a los derechos a la salud, a la integridad personal, a no ser discriminadas, a no recibir tratos crueles e inhumanos, entre otros.
Reflexiones Finales
Las mujeres, a lo largo de nuestras vidas, sufrimos un sinfín de manifestaciones de violencia, por el hecho de ser mujeres. Se nos imponen roles y vivimos relaciones asimétricas respecto a nuestros pares hombres pues muchos siguen viendo la violencia hacia la mujer como algo natural, aceptada dentro del orden de cosas establecido, sin cuestionar todas sus manifestaciones, origen y consecuencias, ubicándola dentro del ámbito de lo privado e íntimo.
Uno de los roles asignados a nuestra condición de mujer, es la maternidad. No solo por el hecho de ser biológicamente las únicas que podemos experimentar un embarazo, sino por atribución de valores tradicionales tales como el cuidado del hogar, de la familia, la fidelidad, obediencia, sumisión, entre otros.
Así pues, quienes deciden no ser madres aún cargan con el estigma de la desaprobación social. Y si decides serlo, las relaciones asimétricas de poder que los hombres han ejercido sobre ti, se reproducen en el ámbito médico y de atención de la salud. Parece que nunca estaremos libres de violencia.
Es por ello, y se lo debo al feminismo, que aprendí a llamar “las cosas por su nombre”. Es decir, aprendí a identificar, nombrar, visibilizar todas las formas desiguales, de violencia, de discriminación de las que somos víctimas las mujeres. Y no lo hice con el fin de exigir privilegios, no porque quiero ser tratada mejor que los hombres, no porque guste de armar líos sin razón, sino porque son demandas urgentes para poder vivir una vida digna y libre de violencia.
La violencia obstétrica está pasando desapercibida debido a su naturalización. Y esa situación debe revertirse, a través de la sensibilización del personal médico a cargo de un parto. Así, como los operadores de justicia deben sensibilizarse respecto a cómo garantizar justicia a las mujeres víctimas de violencia sexual, violencia física, entre otros, así también el personal de salud debe tomar conciencia sobre su labor de ayuda, no de imposición, durante el parto y la atención en salud de la paciente.
En nuestro país no existe un tratamiento legal específico sobre la violencia obstétrica y sobre qué hacer cuando la sufrimos. Es una tarea que está pendiente y debe erigirse también como una enseña en la defensa de los derechos de la mujer. Y esta lucha no debe ser enteramente asumida por el movimiento feminista, sino por la población en general, debido a que es un tema que atañe también a la salud pública, pues la violencia obstétrica puede devenir en mortalidad infantil y materna.
En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, los y las invito a cuestionarlo todo. Quizás muchas de nosotras hemos sido víctimas de violencia de género y no nos dimos cuenta pues “lo que no tiene nombre no existe”, porque no nos atrevimos a desnaturalizar los roles y verdades impuestas, no nos atrevimos a cuestionar nuestro “ser mujer”. Es importante cuestionarse también nuestras atenciones en salud sexual y reproductiva, nuestras visitas al o la ginecóloga, el trato que tiene el personal médico con nosotras, los cuestionamientos que se nos hace, entre otras manifestaciones.
Así como es necesario que el enfoque de género atraviese nuestras relaciones interpersonales, colectivas y políticas, es necesario que el enfoque de género atraviese las ciencias de la salud. Solo así lograremos una sociedad en la que las mujeres tengamos derecho efectivo a parir sin violencia.
[1] ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Venezuela, 23 de abril del 2007. Enlace: http://www.minmujer.gob.ve/?q=descargas/leyes/ley-organica-sobre-el-derechos-de-las-mujeres-una-vida-libre-de-violencia
[2] MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLE. Decreto Supremo que aprueba el “Plan Nacional Contra la Violencia de Género” 2016 – 2021. DECRETO SUPREMO Nº 008-2016-MIMP. Lima: 2016. Enlace: http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-plan-nacional-contra-la-viol-decreto-supremo-n-008-2016-mimp-1408988-1/
[3] BELLI, Laura. La violencia obstétrica: otra forma de violación a los derechos humanos. Revista Redbioética/UNESCO, Año 4, 1 (7): 25-34. Junio, 2013. Enlace: http://www.unesco.org.uy/shs/red-bioetica/fileadmin/shs/redbioetica/Revista_7/Art2-BelliR7.pdf
[4] ARRIETA, Alejandro y Andrés ONETO. ¿QUIÉNES GANAN Y QUIÉNES PIERDEN CON LOS PARTOS POR CESÁREAS?: Incentivos Médicos y Derechos Reproductivos. Lima: Diciembre del 2007. Enlace: http://old.cies.org.pe/files/documents/investigaciones/salud/quienes-ganan-y-quienes-pierden-con-los-partos-por-cesarea.pdf
[5] ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD. Prevención y erradicación de la falta de respeto y el maltrato durante la atención del parto en centros de salud. Ginebra: OMS; 2014.